Desigualdad fiscal: la brecha entre la Inversión en educación y las exenciones a sectores más ricos

Desigualdad fiscal: la brecha entre la Inversión en educación y las exenciones a sectores más ricos

“El ajuste que el gobierno hace en la educación universitaria es igual a los beneficios impositivos que le otorga a los sectores más ricos”

El esfuerzo fiscal previsto para la actualización de recursos del sistema universitario es equivalente al que se realiza para el blanqueo y beneficio de los sectores más ricos del país (0,14%) y queda por debajo del derivado del régimen de promoción industrial de Tierra del fuego (0,22%).

Recientemente, la Oficina del Presupuesto del Congreso (OPC) analizó el Impacto Fiscal del Proyecto de Ley que recompone el Financiamiento de Universidades Nacionales el cual obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados. 

La actualización del conjunto de los gastos de funcionamiento tanto de universidades como de hospitales, la actualización de los fondos de ciencia y técnica y la recomposición salarial de docentes y no docentes equivale a un esfuerzo fiscal del 0,14% del PBI. Considerando la restricción presupuestaria vigente y el objetivo de consolidación de las cuentas públicas, el impacto en las cuentas fiscales luce mucho menos oneroso al compararlo con algunas directrices recientes, tanto de por decisión como por omisión.

La reciente reforma fiscal, por ejemplo, incluía una fuerte reducción tanto presente como futura, de los impuestos al patrimonio que recaen en aquellos sectores con mayor riqueza en la sociedad. La modificación del mínimo no imponible y las alícuotas correspondientes a la fórmula del impuesto a los bienes personales, se traduciría en una caída en la percepción de ingresos pública de aproximadamente 0,14% puntos del PBI, en el mismo orden de magnitud que lo requerido para la actualización de los recursos del sistema universitario. 

Por su parte, el reciente paquete de reformas, a pesar de un espíritu contrario al de la promoción de regímenes especiales, llamativamente mantuvo en curso el más destacado de los mismos: el subrégimen industrial de Tierra del Fuego con un costo estimado para el estado de no percepción de recursos en torno al 0,22% del PBI.

Bienes personales

Por el lado del impuesto a los Bienes Personales, el gobierno introdujo un incremento del mínimo no imponible a 100 millones de pesos y una reducción de las alícuotas para quienes tributan el impuesto a los Bienes Personales. Con estas modificaciones y en base a los últimos datos de tributación por categoría de patrimonio imponible (año 2022) se estima que la caída en la recaudación por bienes personales sería de aproximadamente un 25% pasando de representar un 0,52% del PBI a un 0,38%. Así la reducción impositiva a los sectores con mayores recursos de la sociedad equivaldría a la misma cuantía que la necesidad de presupuesto proyectada por el Congreso (Gráfico 1).

Es importante aclarar que la proyección realizada es con las modificaciones inherentes al primer año del ejercicio fiscal sobre el que recae el impuesto, por lo que esta pérdida de recaudación se incrementará en el tiempo. Al mismo tiempo, el ejercicio busca escindir el efecto de la modificación en el mínimo no imponible y las alícuotas, de aquel derivado de los anticipos y pagos por adelantado del impuesto y el incremento en la tributación por el blanqueo, debido a que se quiere mostrar el costo para el Estado de la modificación del impuesto. Una vez obtenida la estimación de la recaudación de bienes personales para el período fiscal 2022, se actualizó el mismo por la inflación promedio de 2023 (113%) con el fin de obtener el monto estimado de recaudación de impuesto a los bienes personales para este año bajo el esquema de tributación impuesto por la reforma fiscal.

Gráfico 1. Bienes Personales como % del PBI

Fuente: Centro RA en base a datos de AFIP.

Régimen de Tierra del Fuego

Uno de los regímenes especiales es el “Régimen” de Tierra del Fuego, establecido por la Ley 19.640 en 1972, junto a una voluminosa normativa complementaria, que establece un régimen especial de beneficios fiscales y aduaneros con el propósito de estimular un aumento demográfico y del empleo en la provincia, dada su importancia estratégica. Este régimen estableció un subconjunto de incentivos económicos asociado al denominado “subrégimen industrial”, que reglamenta el ingreso al territorio continental de productos elaborados en la jurisdicción fueguina. 

En primer lugar, un aspecto es que dada su configuración actual el subrégimen industrial no promueve la agregación de valor en Tierra del Fuego. Los incentivos fiscales y aduaneros están ligados a la facturación total de las empresas promocionadas y no al valor agregado que éstas generan. En otras palabras, el beneficio que obtienen las empresas es independiente de la fracción de insumos que importan, siendo así percibido en proporción a las ventas y no al valor agregado. Por su preponderancia en la matriz productiva fueguina, se destaca la dependencia de los insumos importados que tiene la industria electrónica radicada en la isla y su orientación casi exclusiva al mercado interno.

El principal estímulo de este régimen radica en el crédito fiscal por el IVA por cada venta en el resto del país. El productor manufacturero de la isla, en vez de pagar el débito fiscal correspondiente al IVA por sus ventas, computa un crédito equivalente a dicho débitos, el “crédito IVA”. El segundo en orden de importancia es el que reciben los fabricantes fueguinos en torno a la exención arancelaria y de IVA a la importación de insumos. La magnitud de esta exención naturalmente depende de la composición de los insumos que requiera la producción de cada producto —llegando a representar cerca de 80% del mismo en algunos casos—. La exención de aranceles a los insumos genera una mayor “protección arancelaria efectiva” cuanto mayor es la fracción importada. 

Es así como el beneficio diferencial para Tierra del Fuego se verifica con la producción en continente sólo para las ventas al mercado interno, pero no para las ventas externas, generando una fuerte orientación hacia el mercado interno. En consecuencia, muchas empresas radicadas en Tierra del Fuego en lugar de explorar estrategias que aumenten su competitividad desarrollan estrategias corporativas orientadas a industrias de consumo masivo en un mercado interno protegido.

Uno de los ejes de la discusión pública es cuánto deja de recaudar el Estado debido a los beneficios fiscales otorgados por el subrégimen industrial. Dicha cifra se encuentra cercana a los U$D 1.070 millones (0,22% del PBI) según estimaciones de FUNDAR realizado por un equipo de profesores de Economía Internacional de la UBA.

En síntesis, el análisis del esfuerzo fiscal destinado a la actualización de los recursos del sistema universitario revela una discrepancia alarmante en las prioridades del estado. Con un esfuerzo fiscal equivalente al 0,14% del PBI, similar al beneficio otorgado a las élites más adineradas del país y significativamente inferior al régimen de promoción industrial en Tierra del Fuego, se evidencia que la inversión en educación superior y ciencia queda relegada ante los intereses de los sectores más ricos. 

Las recientes reformas fiscales subrayan la necesidad urgente de revaluar y priorizar el financiamiento de las universidades. En un contexto de restricciones presupuestarias, resulta fundamental garantizar que el desarrollo del sistema universitario no solo reciba el apoyo necesario para funcionar adecuadamente, sino que también se considere una inversión estratégica para el país, vital para la formación profesional y el progreso social.